El cumplimiento del principio de Normalización

La adopción legal del término “Educación Especial” se produce a partir de la Ley General de Educación de 1970. En esta Ley, la misma es entendida como una modalidad específica, es decir, como un sistema paralelo al de la educación ordinaria, regido por sus propias normas y por un currículum específico distinto al general.

La Tiza 52 // 08 de Marzo 2012
Educación Especial e Inclusiva

Secretaría Gremial de SADOP

             Según el Ministerio de Educación de la Nación, la Educación Especial es la modalidad del sistema educativo destinada a asegurar el derecho a la educación de las personas con discapacidades, temporales o permanentes, en todos los niveles y modalidades del sistema; se rige por el principio de inclusión educativa y brinda atención educativa a todas aquellas problemáticas específicas que no pueden ser abordadas por la educación común.

            Así, es posible garantizar la integración de los alumnos/as con discapacidad en todos los niveles de modalidades según las posibilidades de cada persona (Ley de Educación Nacional, Art.42).

            Con el propósito de asegurar el derecho a la educación, la integración escolar y la inserción de personas con discapacidades, las autoridades jurisdiccionales dispondrán las medidas necesarias para:

a)     Posibilitar una trayectoria educativa integral con acceso a saberes tecnológicos, artísticos y culturales.

b)     Contar con personal especializado que trabaje en equipo con docentes de la escuela común.

c)     Asegurar la cobertura de los servicios educativos especiales, transporte, recursos técnicos y materiales para el desarrollo del currículo.

d)      Propiciar alternativas de continuidad para la formación a lo largo de toda la vida.

e)     Garantizar la accesibilidad física de todos los edificios escolares (Ley de Educación Nacional, Art. 44).

 

            El objetivo de la Educación Especial es el desarrollo pleno de los alumnos con necesidades educativas especiales, a través del cumplimiento del principio de Normalización.

            La Normalización se concreta en propuestas de acciones integradoras en el mismo ambiente familiar, escolar, social y laboral que los demás ciudadanos.

            Es por eso que al

docente de Educación Especial se le deben garantizar las condiciones necesarias para llevar a cabo esta tarea, sumamente compleja pero no imposible.

            La Educación Especial merece un epígrafe más acentuado en la tarea de la Secretaría Gremial en virtud de sus particularidades de trabajo, y en ese sentido, el panorama actual describe situaciones tales como la necesidad de reclamar ante los empleadores el correcto encuadramiento de la actividad educativa especial dentro de la actividad docente ya que, por la particular atención de los alumnos que concurren a establecimientos de Educación Especial, algunos profesionales realizan una actividad de recuperación terapéutica a la vez que educativa. Esta situación es a veces aprovechada por los empleadores de la educación privada para evadir responsabilidades patronales y abusar de la contratación a plazo, el monotributo y la facturación, en fraude a la Ley Laboral, bajo la excusa que aquéllos son profesionales de la salud y no de la educación.

            Este maravilloso desafío de educar niños y adolescentes con necesidades educativas especiales se logra a partir de una toma de conciencia de que todos tenemos derecho a una educación digna, creando espacios adecuados para todos.

            La integración describe un proceso por el cual una escuela intenta dar respuesta a todos los alumnos como individuos a través de una revisión de su organización y provisión curricular. En este proceso, como sostienen Judy Sebba y Mel Ainscow, la escuela construye su capacidad de acoger a todos los alumnos de la comunidad local que deseen asistir y de este modo reduce su necesidad de excluir alumnos.